1. El Precedente Judicial y su importancia en el Derecho Anglosajón
El precedente judicial es un concepto clave en el Derecho Anglosajón que no siempre entienden bien los alumnos a los que imparto asignatura de Introducción al Derecho en España.
Por ello, en esta entrada mi objetivo es poder explicaros su importancia comparando los dos grandes sistemas jurídicos con los que trabajamos en los países occidentales. Además, y a fin de que se pueda entender el precedente judicial de manera clara utilizaré el cine tal y como ya hice con la película Pretty Woman en mi entrada sobre capital riesgo. En particular, me referiré a una película que me encanta, a saber, Un ciudadano ejemplar, o en inglés, Law Abiding Citizen.
1.1. Dos sistemas jurídicos
En efecto, en la tradición europea existen dos grandes sistemas jurídicos: el common law y el sistema de derecho civil o de derecho continental, constituyendo la gran diferencia entre los mismos el diferente trato que le dan al precedente judicial (esto es, la jurisprudencia) como fuente o no del Derecho.
El common law, que prevalece en Inglaterra y en la mayoría de los antiguos miembros del Imperio Británico, deriva su autoridad de la práctica judicial común y de las tradiciones o costumbres recibidas. Así, el common law no está necesariamente codificado o escrito, pero al igual que la constitución inglesa, es una realidad preexistente que los magistrados deben respetar.
Por el contrario, los sistemas de derecho civil provienen del derecho romano y dominan la mayor parte de Europa e Iberoamérica. Se caracterizan por considerar como primera fuente del derecho la ley escrita o codificada, quedando los jueces obligados a respetarla y a aplicarla, si bien los fallos judiciales se centran en resolver casos concretos, no estableciendo en ningún caso normas de aplicación general.
Así pues, el common law y la jurisprudencia del derecho civil entrañan funciones muy diferentes para el poder judicial en la configuración del contenido del derecho.
1.2. El precedente judicial vs. la jurisprudencia como complemento en el sistema de fuentes
En efecto, en los países de derecho anglosajón, el poder judicial contribuye al contenido del derecho, no solo porque el derecho anglosajón consista en costumbres judiciales, sino también por el principio tan innovador de derecho inglés conocido como stare decisis («mantener lo que se ha decidido»), o ley del precedente.
[click_to_tweet tweet=»En los países de derecho anglosajón, el poder judicial contribuye al contenido del derecho, no solo porque el derecho anglosajón consista en costumbres judiciales, sino también por el principio tan innovador de derecho inglés conocido como stare decisis.» quote=»En los países de derecho anglosajón, el poder judicial contribuye al contenido del derecho, no solo porque el derecho anglosajón consista en costumbres judiciales, sino también por el principio tan innovador de derecho inglés conocido como stare decisis.» theme=»style3″]En virtud de este principio, las sentencias de los magistrados son vinculantes para los tribunales inferiores y para todos los casos futuros en los que se den hechos similares. En este sentido, las opiniones judiciales en casos nuevos ganan así gran peso, ya que pueden obligar a los futuros tribunales a interpretar de manera similar el derecho consuetudinario e incluso las (escasas) normas escritas de los sistemas anglosajones.
De este modo, esta forma de jurisprudencia (como principal fuente del derecho) tiene la ventaja de la uniformidad de interpretación.
Por su parte, el derecho civil romano, y el derecho canónico de la Iglesia que se basaba en él, era originalmente una mera amalgama de decretos (normas escritas), ordenados por temáticas. Estos decretos a menudo se contradecían entre sí, y era tarea de los juristas determinar qué aspectos de cada decreto seguían siendo vinculantes.
En el siglo XIX, la mayoría de las naciones europeas intentaron codificar sus leyes, para que no hubiera ambigüedad en cuanto a qué leyes estaban en vigor. Así, desde el Código Napoleónico de 1804 hasta el Código Pío-Benedictino de 1917, todo el derecho civil y canónico de Europa continental se organizó en códigos escritos.
Aunque este sistema tenía la eminente ventaja de hacer que la ley fuera clara, uniforme y racionalmente inteligible, ponía la creación del derecho en manos del poder legislativo del Estado, cuyas leyes escritas podían sustituir incluso a la costumbre más inmemorial. Por lo tanto, las costumbres ya no podían actuar como medio de control tal y como sí ocurre en el common law. El Estado, a través del poder legislativo, tenía así libertad para moldear la sociedad como le pareciera conveniente.
Así, en los sistemas de derecho civil, el papel de la jurisprudencia es menos relevante, no gozando de la categoría de fuente del derecho ya que la resolución de un juez solo aplica al caso particular en cuestión.
Como muestra podemos acudir a nuestro Código Civil cuyo artículo 1.1 señala claramente que “las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho” y en el artículo 1.6 explica claramente la labor de la jurisprudencia diciendo que “la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho”. Es decir, la jurisprudencia solo es un complemento y no fuente de derecho. Es más, el artículo 1.7 somete a los jueces al sistema de fuentes manifestando que “los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido”.
Ahora bien, si el sistema de derecho civil parece dar demasiado poder al poder legislativo relegando a la jurisprudencia a ser un mero complemento, el common law conlleva el peligro de otorgar demasiada autoridad a los jueces en la configuración y creación del derecho.
En efecto, el common law, al estar constituido por un cuerpo de costumbres heredadas, tiene la ventaja de restringir el poder del Estado. Pero esta ventaja se ve socavada por la stare decisis toda vez que esta permite a los jueces definir lo que la ley significa a través de sus resoluciones judiciales, ya que se espera que, en el futuro, todos los casos similares sean juzgados de manera similar.
En definitiva, el principio de stare decisis, permite establecer una norma general sobre la base de un caso particular, que se convertirá en un precedente a respetar.
Ahora bien, teniendo en cuenta que en el common law a través de la stare decisis concede a los jueces la facultad de establecer normas de alcance general a través de los precedentes, no podemos ignorar que, en el fondo, lo que se les está concediendo a los mismos es esencialmente un poder legislativo casi sin limitaciones.
2. El Precedente Judicial en el Cine: Un ciudadano ejemplar
Pero, como decíamos al principio, veamos esta realidad a través del séptimo arte, del cine.
En particular, en la película americana Un ciudadano ejemplar, el derecho está mucho más presente de lo que su título en español sugiere. En este sentido, su título original, Law Abiding Citizen (un ciudadano que cumple la ley), resulta mucho más revelador.
Clyde Shelton (Gerard Butler) es un honorable hombre de familia cuya mujer e hija son brutalmente asesinadas en su propia casa. Cuando los asesinos son detenidos, el caso le es asignado a Nick Rice (Jamie Foxx), un prestigioso fiscal de Filadelfia. Nick propone a uno de los sospechosos la posibilidad de conseguir una sentencia leve a cambio de que testifique en contra de su cómplice.
Diez años más tarde, el hombre que consiguió evitar la acusación de asesinato es encontrado muerto y Clyde Shelton admite fríamente su culpa. Posteriormente, le hace una advertencia a Nick: o bien pone remedio al defectuoso sistema judicial que no hizo nada por su familia, o los principales implicados en el juicio morirán.
Así las cosas, una de las escenas más impactantes de la película tiene lugar, como no podía ser de otra forma, en sede judicial. En efecto, durante la audiencia para determinar si se le concede o no la libertad bajo fianza por haber asesinado a un hombre, tiene lugar un diálogo demoledor entre Clyde y la jueza que va a juzgarlo en el que queda reflejada la importancia del precedente judicial en los sistemas jurídicos anglosajones.
De este modo, en primer lugar, os dejamos un enlace a la escena y, en segundo lugar, se transcribe a continuación dicho diálogo, pidiendo al lector por anticipado perdón por no censurar las palabras malsonantes que en el mismo aparecen por resultar fundamentales para reforzar la tensión dramática de la escena.
Como acabamos de ver el diálogo dice lo siguiente:
“Dado que ha rechazado el derecho a ser representado, señor Shelton, ¿tiene algo que declarar? Señor Shelton, ¿le gustaría decir algo?
_ Sí, sí, sí señoría, ¿me pongo en pie?
+ Por favor.
_ Señoría soy un ciudadano EJEMPLAR, una persona normal, no hay ningún riesgo de fuga, y este es presuntamente mi primer delito. La acusación no ha presentado ni una sola prueba en mi contra. Dadas las circunstancias y a menos que el estado haya obtenido alguna nueva información relacionada con mi participación en el asunto en cuestión, encuentro sumamente perjudicial, incluso constitucionalmente ofensivo que se me niegue la libertad bajo fianza. Las consecuencias serían muy graves, ya hemos visto el resultado de semejantes infracciones en otros países y en el nuestro. Un ejemplo sería el caso Day contra McDonough número de registro 041325.
+ Tengo que decir que estoy de acuerdo con usted, señor Shelton.
+ Señoría el señor Shelton ha accedido a darnos una confesión.
+ ¿Se la ha dado, Sr. Rice?
+ No, señoría.
+ Pues entonces en mi opinión el estado no ha logrado argumentos de peso para su petición, así que concedo la libertad bajo fianza por la cantidad de …
+ Señoría, le sugiero que no lo haga.
_ Gracias.
+ ¿Perdone?
_ No, no pienso perdonarla. A eso es a lo que me refiero. Iba a soltarme, ¿está loca? Precisamente por eso estamos aquí. ¿Cree que no recuerdo quién es usted señora?
+ Ándese con ojo, señor Shelton.
_ ¿Con cuánto ojo he de andarme? Porque al parecer he matado a dos personas, y usted estaba a punto de dejarme salir por esa puerta. ¿Dónde está su buen juicio? Le doy un par de precedentes legales de mierda y se lanza de cabeza como una perra en celo. Parecéis todos cortados por el mismo patrón, ¿todos los días manda a locos y asesinos a la calle? En lugar de en un tribunal parece que está en una puta cadena de montaje. ¿Tiene idea de lo qué es la JUSTICIA? ¿Qué ha sido del bien y del mal? Joder, ¿qué ha sido del bien y del mal? ¿Qué será de la gente?
+ Fianza denegada.
_ ¿Qué ha sido de la justicia? Me juego el cuello a que le importa una mierda”.
Como se ve, el diálogo no puede ser más revelador. La jueza estaba a punto de conceder la libertad condicional bajo fianza a un presunto asesino, todo ello sobre la base de un precedente judicial. En definitiva, si Clyde Shelton no hubiera puesto de manifiesto al final de la escena su carácter histriónico y sociopático habría quedado en libertad por la fuerza creadora que tienen los precedentes en los sistemas anglosajones.
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Qué interesante!
Muchas gracias Lucía.
Muy interesante también para traductores jurídicos.
Gracias Mariví.
Brillante y muy pedagogico estudio. Me gusta lo claro y bien escrito que esta.
¡Gracias!
¡Como cinéfila me ha encantado el post!
Muchas gracias. ¡Me alegro de que haya encantado!
Absolutamente maravilloso
Muchas gracias Juan por leerme. Me alegro de que te haya gustado. Un abrazo
Post muy interesante y útil para la práctica jurídica internacional.
¡Gracias Natalia!
Súper interesante!!!
Muchas gracias Diego.